KAPROF MARCELO ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y planteó la inconstitucionalidad de diversas normas previsionales. El Juzgado Federal rechazó la demanda, imponiendo costas al orden causado y regulando honorarios de la parte actora en $424.815 (5 UMAs), por entender que no se acreditó un perjuicio concreto ni motivos suficientes para declarar inconstitucionalidad de las normas impugnadas.
¿Quién es el actor?
Kaprof Marcelo Alejandro.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (haber de retiro por invalidez otorgado al amparo de la ley 24.241), con planteos de inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.541 y cuestionamiento de índices de actualización.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta; se impusieron las costas en el orden causado; y se regularon honorarios de la dirección letrada de la parte actora en la suma de $424.815 correspondientes a 5 UMAs, con más el IVA en caso de corresponder. Asimismo se remite a lo dispuesto respecto de los honorarios de la parte demandada por la normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En relación con la impugnación de la normativa que establece los índices de actualización de las remuneraciones, no se evidencia un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado por la parte actora. Es reiterada la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde antiguo en orden a que la declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como última ratio del orden jurídico (Fallos 249:51). 'La invalidez de una norma es siempre la última ratio de la interpretación, a la que solo debe acudirse cuando no exista alternativa de mantenerla dentro del sistema normativo pues siempre debe estarse a favor de la validez de las normas'."
"Por lo expuesto decido el rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426."
"Las costas se imponen en el orden causado, en los términos del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de Acto Administrativo', de fecha 22.6.2023, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N 157/18 y ratificó la vigencia del artículo 36 de la Ley 27.423."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto aportado; la decisión es la contenida en la parte dispositiva final (mayoría).
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