SANFILIPPO ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional y la actualización de componentes como la PBU, PC y PAP. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar los retroactivos dentro de 120 días hábiles, difirió el examen de inconstitucionalidades para la ejecución y sostuvo que las sumas deberán abonarse íntegramente conforme a precedentes de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
SANFILIPPO ANGELICA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional y actualización de sus componentes (PBU, Prestación Compensatoria-PC, Prestación Adicional por Permanencia-PAP), con planteos de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463 y de normas reglamentarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita, con los límites y criterios fijados por la CSJN y la normativa aplicable; se impusieron las costas a ANSES; y se diferenció la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del fallo):
"En atención a que la demandada opuso excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, conforme art. 168 de la ley 24.241, corresponde analizar la procedencia del pedido desde los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio."
"La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 ... la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios', sentencia del 11.11.2014 ... el análisis sobre la suma final a la que ascendería la P.B.U., deberá efectuarse al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia..."
"A fin de realizar el promedio de las remuneraciones ... será utilizado el Índice de Salarios Básicos de la Industria y de la Construcción-ISBIC-, de conformidad con los términos establecidos en el fallo 'Blanco' ... Este índice será utilizado hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26417 (febrero de 2009 inclusive). A partir de la entrada en vigencia de la ley 26.417 (marzo de 2009), deberá estarse al índice que establece dicha normativa..."
"El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
Sobre intereses y costas: "se liquidarán [los intereses] desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... Las costas se imponen a cargo de la parte demandada Anses, en los términos del reciente fallo de la Corte Suprema ... 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses', de fecha 22.6.2023."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la parte resolutiva es la decisión del tribunal.
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