DIEGUEZ ALICIA SUSANA c/ EN -M JUSTICIA Y DDHH Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora reclamó la incorporación de los suplementos del Decreto 243/15 a su haber de retiro. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda y ordenó al Ministerio de Justicia y al Servicio Penitenciario Federal liquidar y abonar esos suplementos como remunerativos y bonificables, con retroactivos e intereses, y regular honorarios al 18%.
¿Quién es el actor?
DIEGUEZ ALICIA SUSANA.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Servicio Penitenciario Federal.
- Objeto de la demanda: Se reclama la liquidación e incorporación en los haberes de retiro y/o pensión de los incrementos salariales (suplementos/compensaciones) creados por el Decreto 243/15 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable, y el pago de retroactivos e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se ordenó a la demandada que en 90 días liquide y abone a la actora las sumas resultantes de la inclusión en el haber mensual de los suplementos previstos por el Decreto 243/15 y sus modificatorios 970/15 y 1261/16 con carácter remunerativo y bonificable, con los retroactivos e intereses correspondientes; se impusieron las costas a la demandada y se reguló honorarios por el 18% de lo que resulte a favor de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "La ley 13018 en su art. 9, dispone que cualquiera sea la situación de revista que tuviera el personal en el momento de su pase a retiro, se computará a los efectos de determinar sus haberes de retiro, el importe del último sueldo. Entiéndase por sueldo, la asignación mensual fijada por el presupuesto, más los suplementos, bonificaciones, etc. de cualquier naturaleza, por los que se le efectúen los descuentos jubilatorios."
2) "Que mediante el decreto 243/15 se establecieron para el personal en actividad y con carácter no remunerativo y no bonificable las compensaciones por 'Gastos por prestación de servicios', por 'Fijación de domicilio', por 'Gastos de representación', por 'Apoyo operativo', 'Responsabilidad jerárquica' y las bonificaciones 'Complementaria por grado' y 'Material de estudio y vestimenta' (arts. 5º al 9º inclusive)."
3) "En reclamos análogos ... los suplementos y compensaciones creados por el Decreto Nº 243/2015 tienen un indudable carácter general, debiendo ser incorporados a los haberes mensuales de los actores como remunerativos y bonificables (Sala II, 'Strusiat, Edgardo Abel y otros c/EN -M Justicia DDHH
- SPF s/Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de Seg.', sent. del 13/08/19)."
4) "En consecuencia, teniendo en cuenta la normativa aplicable y la jurisprudencia imperante en la materia, considero que los suplementos en cuestión deben liquidarse a los actores con carácter remunerativo y bonificable."
5) "En cuanto a las retroactividades, deberán abonarse a partir de la entrada en vigencia de los decretos 243/15 y modificatorios hasta su derogación por decreto 586/19. A las diferencias que surjan a favor de la parte actora deberán adicionarse intereses, que se calcularán conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... hasta el momento de su efectivo pago."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la sentencia.
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