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CALDERON ROBERTO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por el reajuste de su haber previsional y la actualización de componentes del haber inicial. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSeS recalcular el haber y pagar los retroactivos íntegros dentro de 120 días hábiles, diferiendo cuestiones de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución.

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¿Quién es el actor?

Calderón Roberto José.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste y movilidad del haber previsional, actualización de PBU, Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), y planteos de inconstitucionalidad de normas (leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.541, entre otras) y cuestionamiento de resoluciones administrativas (Res. ANSeS 56/2018).

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejándose sin efecto la resolución impugnada; se ordena a ANSeS que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas del decisorio dentro de los 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difiere el tratamiento de las inconstitucionalidades para la ejecución; se dispone que las sumas se abonen íntegramente sin quita conforme a la doctrina de la CSJN (Pellegrini), respetando los topes legales y la Resolución 955/08; se imponen las costas a ANSeS; y se difiere la regulación de honorarios para la etapa de ejecución (ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal): 1) "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional. A tal fin, planteo la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 24.463 y 24.241." 2) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio." 3) "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el texto; la resolución expresa la decisión del Juzgado.

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