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MARGHERITIS GUSTAVO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando actualización de la PBU y aclaración sobre costas e intereses. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, entendiendo que existe cosa juzgada por un Acuerdo Transaccional homologado (ley 27.260) que torna improcedente la petición, e impuso costas y honorarios.

Recurso de apelacion Anses Prestacion basica universal Cosa juzgada Acuerdo transaccional Ley 27.260 Costas Honorarios Ley 27.423 Sala i cfss


¿Quién es el actor?

Margheritis Gustavo Alberto.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: solicitud de actualización de la PBU (prestación básica universal), fijación de tasa de interés y agravios por imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y ha sido materia de agravios; se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "En este sentido, ha de recordare los alcances y efectos de la cosa juzgada, cuya doctrina del Alto Tribunal revalida este principio constitucional de orden público. La cual debe ser declarada de oficio, aunque las partes no la invoquen (cfr. art. 347 inc. 8 in fine, CPCCN)." "Ello así, habida cuenta que el acuerdo de reparación histórica que resultó homologado sobre la prestación en cuestión, torna improcedente lo ahora pretendido en atención a los efectos de la cosa juzgada que se establece en el art. 6 de la ley 27.260." "Teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente, deviene abstracto el tratamiento de los restantes agravios expresados." Además, respecto de costas y honorarios: "Costas por su orden en ambas instancias en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 ... Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Voto en disidencia: El Dr. Sebastian E. Russo figura "en disidencia" al pie de la firma; los fundamentos de la disidencia no se incorporan como decisión de la Cámara.

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