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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecucíon fiscal por boleta de deuda contra una parte ejecutada. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para perseguir el íntegro pago del capital e intereses e impuso las costas a la ejecutada, fundando su decisión en el art. 92 de la ley 11.683, mod. por ley 25.239.

Ejecucion fiscal Ley 11.683 Art. 92 Agencia de recaudacion y control aduanero Boleta de deuda Intimacion de pago Costas Juzgado federal de moreno Ejecucion expedita Notificacion.


¿Quién es el actor?

la actora es la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (se la menciona expresamente como habilitada y como actora a notificar).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no se individualiza su denominación en el fragmento aportado).
- Objeto de la demanda: ejecución fiscal por deuda reclamada en una boleta de deuda, con más sus intereses.

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, habilitándose a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó notificar y comunicar conforme al texto dispositiv o. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del texto de la sentencia): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239. Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía. Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese." Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto aportado.

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