Logo

MALDONADO ROMULO MANUEL c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamó el actor la declaración de ilegitimidad del Decreto 586/2019 y la Resolución 607/2019 para que el Suplemento por Antigüedad de Servicios (S.A.S.) se liquide al 2% anual. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicables las normas impugnadas por violar el principio de no regresividad y ordenó la liquidación y pago con efectos retroactivos conforme a lo dispuesto en la resolución.

Suplemento por antiguedad de servicios Decreto 586/2019 Resolucion 607/2019 Inconstitucionalidad No regresividad Seguridad social Liquidacion de haberes Retroactividad Costas Ejecucion.


¿Quién es el actor?

Sr. Rómulo Manuel Maldonado.
- Demandados: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Servicio Penitenciario Federal; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Se impugnó por ilegitimidad el Decreto 586/2019 y la Resolución MJDH N° 607/2019 en cuanto fijaron el Suplemento por Antigüedad de Servicios (S.A.S.) en 0,5% por año de servicio; el actor pidió que se liquide el S.A.S. al 2% por año conforme a leyes y decretos anteriores, con diferencias retroactivas desde septiembre de 2019, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad/ inconstitucionalidad de la normativa impugnada en el caso concreto; se ordenó a la parte demandada que, dentro de los 90 días de quedar firme la sentencia, practique la liquidación encargada, efectúe la previsión presupuestaria y ponga al pago el haber reajustado si corresponde; se impusieron las costas a la demandada; se diferirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución; se dieron instrucciones administrativas complementarias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "6) De la sucesión entre las normas indicadas precedentemente, vemos claramente que: a) el Suplemento por Antigüedad de Servicios, no fue creado por el Decreto 6 del Decreto 970/2015, ni por el art. 2 de la Resolución 607/2019 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, pues dicho suplemento ya había sido creado y encontraba siendo percibido por el servicio activo y retirado del Servicio Penitenciario Federal y b) la reducción del suplemento por Antigüedad de Servicios que se percibía conforme el 2% del haber mensual correspondiente al grado de revista del agente a un 0,5% claramente afectó los principios de no regresividad y de favorabilidad que caracterizan a la normativa previsional, conculcando de tal manera derechos a la Seguridad Social consagrados en nuestra Carta Magna." "7) Hasta que entró en vigencia el Decreto 586/2019 y la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 670/2019, los actores percibían en concepto del Suplemento Antigüedad de Servicios (SAS) un 2% del haber mensual de retiro, pues así lo disponía el Decreto 215/1989 y luego el Decreto 970/15, otorgando así cierto nivel de cálculo del haber de retiro, el que considero no debe disminuirse con el paso del tiempo y nuevas normativas que se dicten, pues ello implica regresar sobre un nivel de un componente determinado de un haber de retiro obtenido, para detraer derechos de los mismos." "8) Conforme a lo expuesto, corresponde y así lo decido la declaración de inconstitucionalidad y por ende, su inaplicabilidad al caso de autos, de la normativa atacada."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; la sentencia es de un juez de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar