ARCA c/ ASNARI S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra ASNARI S.R.L. por $37.305.724,07. El Juzgado Federal ordenó ejecutar hasta el íntegro pago de esa suma más intereses y costas e instó a la actora a practicar la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
ASNARI S.R.L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 37.305.724,07 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra ASNARI S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de la suma reclamada ($ 37.305.724,07) con más sus intereses y las costas del proceso; además, por razones de seguridad jurídica, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se impusieron las costas al demandado.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 37305724.07, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
(Disposición resolutiva:) "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra ASNARI S.R.L., hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 37305724.07, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.
- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- No existen votos en disidencia consignados en el expediente.
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