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ARCA c/ MIP TEHUELCHES SOCIEDAD SIMPLE s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La ARCA promovió ejecución fiscal contra MIP TEHUELCHES Sociedad Simple por una deuda reclamada de $8.153.752,09. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con más intereses y costas, e instó a la actora a practicar la liquidación de la deuda reclamada.

Ejecucion fiscal Arca A.f.i.p. Deuda tributaria Intimacion de pago Intereses Costas Liquidacion de deuda Juzgado federal de comodoro rivadavia Art. 70 cpccn


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

MIP TEHUELCHES SOCIEDAD SIMPLE.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 8.153.752,09, con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra MIP TEHUELCHES Sociedad Simple hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de la suma reclamada de $8.153.752,09, con más sus intereses y las costas del proceso; asimismo, por razones de seguridad jurídica se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 8153752.09, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" (Decisión dispositiva) "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MIP TEHUELCHES SOCIEDAD SIMPLE, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 8153752.09, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.
- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.
- 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-"
- Votos en disidencia: No constan disidencias en el expediente.

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