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ARCA c/ CASTAGNET KARINA IVANA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Castagnet Karina Ivana por $7.032.950,26 más intereses y costas. El Juzgado ordenó ejecutar hasta el íntegro pago de esa suma, impuso las costas al demandado y ordenó que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada.

Arca Ejecucion fiscal Deuda tributaria Interes Costas Liquidacion de deuda Cpccn art. 70 Mandamiento de intimacion Juzgado federal Castagnet karina ivana


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP).

¿A quién se demanda?

Castagnet Karina Ivana.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 7.032.950,26 —más intereses y costas— reclamada en el libelo de inicio.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra Castagnet Karina Ivana hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de la suma de $ 7.032.950,26, con más sus intereses y las costas del proceso; y se dispuso que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada. Asimismo, se protocolizó, registró, notificó y publicó lo resuelto.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 7032950.26, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra CASTAGNET KARINA IVANA, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 7032950.26, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ... corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.- 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-"
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto suministrado.

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