DE PABLO MONICA RITA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes de su haber previsional y cuestionó la aplicación de distintos índices y normas. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado para ordenar el reajuste del haber a enero de 2021 por la diferencia entre la movilidad aplicada por decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la que hubiera correspondido aplicar conforme a la ley suspendida 27.426, confirmó lo demás y diferió para ejecución la cuestión de inconstitucionalidad de la ley 27.609.
¿Quién es el actor?
DE PABLO MÓNICA RITA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios del haber previsional (reajuste del haber inicial, actualización de remuneraciones consideradas para el cálculo del haber, reparación por movilidad de enero-febrero 2021, impugnaciones de normas y aplicación de índices).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó a ANSeS que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que hubiese correspondido de haberse aplicado la ley suspendida 27.426 (igual para febrero), aplicando desde entonces la movilidad prevista en la ley 27.609; confirmó la sentencia en el resto de sus puntos; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609; impuso costas a la demandada y reguló honorarios por la alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio):
1) "En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos 'Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 ... En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna."
2) "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma el diferimiento dispuesto en la instancia de grado." (referido al diferimiento del análisis de la procedencia del examen de la PBU en ciertos casos).
3) "En este orden, corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609."
- Disidencias relevantes: No hubo voto de mayoría contradictorio; los tres jueces adhirieron al acuerdo (con pequeñas salvedades individuales sobre el art. 55 de la ley 27.541 que no alteraron la decisión de la mayoría).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: