Legajo Nº 2 - IMPUTADO: LOPEZ, LUIS MAXIMILIANO s/LEGAJO DE CASACION
La defensa de Luis Maximiliano López interpuso recurso de casación contra la denegatoria de nulidad de una sanción disciplinaria de un día de alojamiento individual. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por mayoría y ordenó remitir el expediente al tribunal de origen, con imposición de costas en la instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa de Luis Maximiliano López (recurrente en casación).
Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 (decisión recurrida) y, en el marco procesal, el Ministerio Público Fiscal como parte interesada en la tramitación.
Objeto: Se impugna la resolución del Tribunal Oral Nº2, de fecha 16 de diciembre de 2025, que NO HIZO LUGAR al pedido de nulidad de la sanción disciplinaria consistente en un (1) día de permanencia en alojamiento individual, impuesta por resolución del 30 de julio de 2025 en el expediente administrativo EX-2024-47998924-APN-DGRC#SPF por hechos ocurridos el 9 de mayo de 2024. El recurso interpuesto fue concedido por el tribunal a quo y sometido a casación ante esta Cámara.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto, con costas en la instancia, y ordenó registrar, notificar, comunicar y remitir la causa al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El tribunal de mérito expuso adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica -ni el recurrente logra demostrar-, la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio (cfr. Fallos: 306:362; 314:451; 314:791; 321:1328; 322:1605, entre otros)."
"En definitiva, la resolución impugnada se encuentra razonablemente fundada y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (C.S.J.N. Fallos 302:284; 304:415); decisión que cuenta, además, con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido (Fallos: 293:294; 299:226; 300:92; 301:449; 303:888)."
"El recurrente tampoco demostró la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108)."
- Voto en disidencia relevante: El Dr. Guillermo J. Yacobucci adhirió en lo sustancial a la solución de la mayoría, pero con la salvedad de que la declaración de inadmisibilidad debía disponerse sin costas en la instancia. Esa posición quedó en minoría y no modificó la decisión mayoritaria sobre la inadmisibilidad del recurso.
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