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DAMIANO MARIA TERESA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora demandó a ANSeS solicitando la inaplicabilidad de la escala de deducción del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463, restitución de descuentos y exención del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, declaró inaplicable la deducción cuestionada y la retención del impuesto a las ganancias, y ordenó costas a la demandada y honorarios del 30% para la letrada de la actora en alzada.

Amparo Anses Ley 24.463 art. 9 inc. 2 Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Restitucion de descuentos Costas Honorarios Confirmacion de sentencia Seguridad social


¿Quién es el actor?

Damiano María Teresa.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para declarar la inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular ANSeS PREV-05-08/19 y del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 en cuanto disponen la aplicación de una escala de deducciones; solicitar la restitución de montos retenidos y la exención del impuesto a las ganancias, con más intereses conforme la tasa activa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo que decide y fue materia de agravios; impuso costas de Alzada a la demandada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que corresponda para la instancia anterior. Además, se declaró inaplicable la escala de deducciones del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al caso y la retención del impuesto a las ganancias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24241, que no es este el caso y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Por ello, la limitación del art 9, inc 2, no debe ser de aplicación a beneficios como el presente." "Por ello corresponde ordenar que resulta inaplicable en la especie la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 tan sólo y, en base a los argumentos aquí vertidos, corresponde confirmar la sentencia recurrida." "Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
- Disidencias relevantes: no consta voto en disidencia en el acuerdo final; los votos acompañaron la solución mayoritaria que se expresa en la parte resolutiva.

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