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RODRIGUEZ BEATRIZ MARIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando reajustes por movilidad y la inconstitucionalidad de normas (leyes 27.426, 27.541 y 27.609). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y rechazó íntegramente la demanda, por entender que no hay elementos para declarar la inconstitucionalidad ni para ordenar las diferencias reclamadas.

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¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ BEATRIZ MARIANA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes por movilidad de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609; pedidos de recomposición por periodos (ej. enero/febrero 2021) y otros cuestionamientos sobre aplicación normativa y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó en todas sus partes la demanda deducida; impuso costas por su orden en ambas instancias y reguló honorarios de la letrada de la parte actora en $277.446 (3 UMA) más 30% por la alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "La declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico ... no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados (C.S.J.N., en Fallos: 315:924) y la contradicción con la cláusula de la Carta Magna es manifiesta y la incompatibilidad es inconciliable" (sic).
- "Consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
- Sobre la movilidad y el devengamiento: el Tribunal sostuvo que la movilidad semestral prevista no admite el devengamiento mensual pretendido por la actora y que "no se encuentra acreditado que la nueva fórmula ... haya producido una quita en el monto del haber", por lo que se aplica la doctrina de la CSJN (citas: "Actis Caporale", "Quiroga, Carlos Alberto") para negar diferencias.
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente a salvo su opinión en cuanto al tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y cuestiones de costas; esas observaciones constituyen disidencia parcial o voto aparte y no integran la decisión de la mayoría.

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