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CAMPERCHIOLI PATRICIA LUCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió para ejecución el tratamiento del precedente Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241, confirmó lo demás y dispuso costas de alzada por su orden.

Anses Prestacion basica universal Ley 24.241 Villanustre Reajustes Ejecucion de sentencia Costas Honorarios Ley 27.423 Inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

CAMPERCHIOLI PATRICIA LUCIA.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de la prestación previsional (incluye controversias sobre Prestación Básica Universal, aplicación de índices de actualización, cálculo del haber de enero 2021, aplicación de la Ley 24.241 y sus modificaciones y la doctrina "Villanustre").

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos; diferió el tratamiento del precedente "Villanustre" y del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso costas de alzada por su orden y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Por lo expuesto, en caso de prosperar mi voto, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento del precedente 'Villanustre' y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; 3) Diferir la regulación de honorarios de Primera Instancia conforme lo señalado; 4) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide; 5) Costas de alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (cfr. Art. 36 de la Ley 27.423); 6) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos." "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión." "En relación con el agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: 'Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación'... difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."
- Votos y minorías: El Dr. Carnota fue ponente; el Dr. Fantini adhirió excepto en lo relativo a la recomposición del haber de enero 2021 (si bien la mayoría adoptó la redacción final indicada en la parte resolutiva). No consta disidencia mayoritaria: la resolución final es la que figura en la PARTE RESOLUTIVA.

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