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BRUSSINO MARIA JUANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando la recalculación y actualización de su haber previsional por reajustes varios y declaración de inconstitucionalidades. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 1 hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo conforme las pautas del fallo, diferió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la ejecución y condenó en costas a ANSES.

Reajustes varios Pbu Pc Pap Recalculo de haber Retroactivos Anses Prescripcion administrativa Isbic Diferimiento de inconstitucionalidades


¿Quién es el actor?

BRUSSINO MARIA JUANA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste/re-determinación del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria
- PC, Prestación Adicional por Permanencia
- PAP), movilidad del haber y planteos de inconstitucionalidad de normas (leyes 24.241, 24.463 y normas reglamentarias).

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que abone a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita y las diferencias no podrán exceder los porcentajes previstos en las leyes de fondo; se impusieron costas a ANSES y se diferenció la regulación de honorarios para la ejecución (ver dispositivo).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional." "En atención a que la demandada opuso excepción de prescripción... Siendo la fecha del reclamo administrativo el 14.5.2025... las diferencias retroactivas lo serán desde el 14.5.2023." "A fin de realizar el promedio de las remuneraciones percibidas durante los diez años anteriores... será utilizado el Índice de Salarios Básicos de la Industria y de la Construcción-ISBIC-, de conformidad con los términos establecidos en el fallo 'Blanco'... Este índice será utilizado hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26417 (febrero de 2009 inclusive)." "En consecuencia: RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo...; 3) Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades...; 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: No se registran votos o disidencias; sentencia dictada por la Dra. Karina Alonso Candis.

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