ARCA c/ CONCRETHA S.A.S s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra CONCRETHA S.A.S. por una deuda reclamada de $12.867.963,03. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con más intereses y costas, y dispuso que la actora practique la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
CONCRETHA S.A.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 12.867.963,03 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra CONCRETHA S.A.S. hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $ 12.867.963,03 con más sus intereses y las costas del proceso (art. 70 CPCCN). Además, por razones de seguridad jurídica y en atención a lo ocurrido en otras ejecuciones fiscales, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Finalmente, se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 12867963.03, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el certificado de firma; la resolución es dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia (firma del Juez Federal Subrogante Guido S. Otranto).
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