FALGUERAS LIRIO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
La actora demandó a ANSES solicitando que cese la aplicación del tope del art. 9 de la ley 24.463 sobre su haber jubilatorio docente. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el art. 9, ordenó la liquidación en 120 días, admitió la excepción de prescripción de ANSES y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Lirio Falgueras.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Se impugna la aplicación del artículo 9, inciso 3° de la ley 24.463 que le aplica una deducción/topes a sus haberes previsionales; la actora reclama que corresponda el régimen especial docente (Ley 24.016) y percibe suplemento previsto en el Decreto 137/05, solicitando la inaplicabilidad del tope por resultar confiscatorio.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 respecto de la actora; se hizo lugar a la excepción de prescripción (art. 82 ley 18.037) declarando prescriptos los créditos anteriores a los dos años previos al inicio de la acción; se ordenó a ANSES que en el plazo de 120 días practique la liquidación y efectúe los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas; se impusieron las costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada. (Todo conforme al dispositivo transcripto.)
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"Que la parte actora solicita en autos, que se declare la inaplicabilidad del tope previsto en el artículo 9 de la ley 24.463 por considerar que su aplicación resulta confiscatoria."
"Ahora bien, del análisis de autos se desprende que la parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-PC-PAP-DOCENTE) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones), habiendo adquirido el derecho al beneficio el 30/04/2020 – fecha de alta 01.03.2021-, acreditando prestación de servicios dependientes."
"Que, del recibo de haberes acompañado por la parte actora correspondiente al mensual 03/2024, surge que en concepto de haber mensual Neto Liquidado de $ 1.060.901,82, se le descuenta por el artículo 9 de la ley 24.463, la suma de $ 38.759,76.-."
"Que... en el caso de la parte actora la misma adquirió su beneficio de PBU -PC-PAP Dto. 137/05 según disposiciones de la ley 24.241; en consecuencia, corresponde declarar su inaplicabilidad y debiendo liquidarse y abonarse el monto íntegro de la PBU -PC-PAP devengadas sin reducción alguna por aplicación de topes máximos."
"Que respecto a la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada de los créditos reclamados, corresponde hacer lugar a la misma, con fundamento en el art. 82 de la ley 18.037, debiendo declararse prescriptos los créditos anteriores a los dos años anteriores al inicio de la presente acción."
"Asimismo, en materia de intereses, corresponde aplicar los pronunciamientos del Alto Tribunal... en los cuales se sostuvo la aplicación de la Tasa Pasiva Promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en la presente sentencia.
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