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POZZOBON OMAR RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor solicitó el recálculo y reajuste de su haber previsional por diferencias en P.C. y P.A.P. La Jueza Federal Subrogante hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó el cálculo del haber inicial de P.C. y P.A.P., dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSES recalcular y pagar las diferencias dentro de 120 días.

Anses Reajuste de haberes Prestacion compensatoria (p.c.) Prestacion adicional por permanencia (p.a.p.) P.b.u. Recalculo de haber inicial Intereses Ley 24.241 Movilidad (ley 27.609) Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: OMAR RUBEN POZZOBON. Demandado: ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Objeto: Se solicita dejar sin efecto la resolución administrativa que denegó el reajuste de haberes y se ordene el recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional (reajuste de P.B.U., Prestación Compensatoria -P.C.
- y Prestación Adicional por Permanencia -P.A.P.-), con intereses y costas. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó el cálculo del haber inicial de los componentes de P.C. y P.A.P.; se dejó sin efecto la resolución impugnada; y se ordenó a ANSES a efectivizar la liquidación ordenada y, de obtener diferencias, poner al pago el haber inicial recalculado y efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes dentro de ciento veinte (120) días. Se declararon las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "La parte actora solicita el recálculo del haber inicial y el reajuste de sus haberes." 2) "Atento a la fecha de adquisición del beneficio, corresponde estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia." 3) "Establecidos los índices de actualización por la autoridad competente para ello (Poder Legislativo), es de destacar que en el planteo de inconstitucionalidad de la norma formulado por la parte actora, ésta no acredita el perjuicio concreto que, a su entender, su aplicación le ocasiona." 4) "En cuanto a los servicios autónomos, cabe señalar que la parte actora ha aceptado la renta autónoma calculada por ANSeS a la fecha de adquisición del derecho, sin efectuar cuestionamiento alguno sobre su determinación. En consecuencia, no corresponde su tratamiento." 5) Sobre la P.B.U.: "A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios'... se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada... 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%)... corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. ... y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241..." 6) "Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..." 7) Disposición final sobre cumplimiento: "La liquidación de deberá confeccionarse en el término de 120 (ciento veinte) días de quedar firme o ejecutoriada la presente... debiendo el organismo deudor, en idéntico plazo poner al pago el haber mensual reajustado y efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes a fin de cancelar las acreencias retroactivas..."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la resolución final fue firmada por la Jueza Federal Subrogante Maria Gabriela Janeiro.

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