SECRETARIA DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO) c/ ADC S.A.S. s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO
La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social promovió ejecución fiscal contra ADC S.A.S. por $200.000. El Juzgado Federal hizo lugar a la ejecución, ordenó el pago de $200.000 más lo que surja de la liquidación, impuso las costas al ejecutado y dispuso el apercibimiento del art. 43 del C.P.C.C.N.
¿Quién es el actor?
SECRETARIA DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO).
¿A quién se demanda?
ADC S.A.S.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal promovida por la actora para cobrar una deuda por $200.000.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra ADC S.A.S. hasta hacerse íntegro pago a la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, de la suma de $200.000, con más la suma que correspondiere conforme la liquidación a practicar en autos; se impusieron las costas al ejecutado; se hizo efectivo el apercibimiento del art. 43 del C.P.C.C.N.; y se dispuso protocolizar, registrar, notificar y publicar la decisión.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción íntegra de los párrafos relevantes):
"Que no habiendo el demandado opuesto excepciones dentro del término legal de conformidad con lo que disponen los arts. 531 y 540 del C.P.C.C. de la Nación.-
FALLO:
1) Mandando llevar adelante la ejecución contra ADC S.A.S., hasta hacerse integro pago a la SECRETARIA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEG. SOCIAL -MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, de la suma $ 200000, con más la suma que correspondiere conforme la liquidación a practicar en autos.-
2) Costas del proceso al ejecutado (arts. 70 y 528 del C.P.C.C.).-
3) Hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 43 del C.P.C.C.N.-
4) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-"
(No constan votos en disidencia.)
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