ARCA c/ TRANSLOGISTICA ET SRL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La ARCA (ex AFIP) promovió ejecución fiscal contra TRANSLOGISTICA ET SRL por la suma de $11.097.935,47 más intereses y costas. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar a la ejecución, ordenó su ejecución hasta el íntegro pago y exigió a la parte actora la práctica de la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
Demandado: TRANSLOGISTICA ET SRL.
Objeto: Ejecución fiscal por el cobro de la suma de $ 11.097.935,47, con intereses y costas.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra TRANSLOGISTICA ET SRL hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $ 11.097.935,47, con más sus intereses y las costas del proceso; además se ordenó que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada y se protocolice, registre, notifique y publique lo resuelto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 11097935.47, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"1) Mandar llevar adelante la ejecución contra TRANSLOGISTICA ET SRL, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 11097935.47, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-"
"2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; la resolución consta como decisión del Juzgado Federal (firmada por la Jueza Eva L. Parcio de Seleme).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: