PUCCIARELLI RUBEN OMAR c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor demandó la incorporación del suplemento por “zona” (Decreto 380/2017) a su haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, fundando en el precedente Vettorello que considera el suplemento como particular, no remunerativo ni bonificable.
¿Quién es el actor?
PUCCIARELLI RUBEN OMAR.
¿A quién se demanda?
CAJA DE RETIROS JUBILAC. Y PENS. DE LA POLICIA FEDERAL (y demás cargos involucrados según autos).
- Objeto de la demanda: incorporación al haber de retiro, con carácter remunerativo y bonificable, del suplemento por “Zona” establecido por el Decreto Nº 380/2017 y sus modificatorios.
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente procedente el recurso de apelación, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que decide y fue materia de agravios (esto es: se rechazó la pretensión de incorporar el suplemento “zona” al haber de retiro) y se impusieron las costas de alzada en el orden causado (art. 68, 2° párr. CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En cuanto al análisis de la cuestión de fondo a resolver, la misma encuentra suficiente respuesta en el precedente del Alto Tribunal 'Vettorello, Germán Emanuel c/ EN – M Seguridad-PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.' (Expte. CAF 63838/2019, Fallos 348:1620)' mediante sentencia del 18 de noviembre de 2025, a cuyos fundamentos y consideraciones cabe aquí remitirse por razones de brevedad, donde en síntesis se concluyó que el suplemento por ‘zona’ no constituye un aumento generalizado al personal policial en actividad, sino que se encuentra condicionado al cumplimiento de específicas circunstancias funcionales y territoriales, por lo que no reviste carácter remunerativo ni bonificable, y en consecuencia no corresponde su incorporación a los haberes del personal policial en pasividad."
"En este sentido, cabe señalar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al remitir al dictamen de la Procuradora Fiscal en autos 'Vettorello', sostuvo en lo pertinente que: '...de los términos del decreto 380/17 no surge que el suplemento por “zona” haya sido otorgado a todo el personal policial en actividad de un mismo grado o de todos los grados, sino que fue previsto para que lo perciba el personal policial que sea destinado o que se encuentre destinado en las regiones a las que se hizo alusión más arriba; es decir, como un suplemento particular...' ... 'ni del texto de la norma que creó el suplemento en cuestión, ni de la prueba considerada en la causa, se desprende que lo perciba la generalidad del personal policial en actividad'."
"En razón de lo expuesto, corresponde rechazar el agravio vertido por la actora, y confirmar la sentencia recurrida."
- Votos en disidencia: no constan votos en disidencia; la parte resolutiva es unánime según el texto de la sentencia.
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