CHALLEN HORACIO RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes varios contra ANSES por prestaciones previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en todos los puntos debatidos, difirió para la ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes y confirmó la imposición de costas según art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.
¿Quién es el actor?
CHALLEN HORACIO RUBEN.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de la Prestación Básica Universal (haber jubilatorio), impugnación de aplicación de topes de haberes, aplicación de movilidad (IPC), tasa de interés, prescripción y retención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en todo lo que fue materia de agravios; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes; confirmó la decisión sobre costas en la instancia de grado con las pautas señaladas y fijó costas por su orden en la alzada; además determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en un 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
"Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" respecto de la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y del art. 14.2 Resolución SSS 06/09, proponiendo declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) cuando la aplicación de topes genere una quita superior al 15% y, en lo relativo al art. 14.2, su inaplicabilidad (voto en minoría señalado expresamente como salvado). Esa postura quedó a salvo pero no integró la decisión mayoritaria que confirma lo decidido por la instancia de grado y difiere el análisis de topes a liquidación.
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