CURBELO FERNANDEZ HUGO NORTIMER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes de haberes previsionales y la determinación del valor de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal, sosteniendo la aplicación de los criterios de la CSJN (Elliff y demás precedentes) para la actualización de remuneraciones y rechazando los agravios de la ANSeS.
¿Quién es el actor?
CURBELO FERNANDEZ HUGO NORTIMER.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes y actualización del haber inicial de una prestación previsional (adquisición del derecho el 26/10/2017) y determinación del valor de la Prestación Básica Universal.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y fue materia de agravios, con los fundamentos y alcances indicados por la Cámara; se impusieron las costas por su orden en la Alzada por falta de contradicción.
- Fundamentos principales (textos reproducidos literalmente del fallo):
"En aras a alinear la decisión sobre revisión del haber inicial de la prestación, cabe tener presente los lineamientos establecidos por la C.S.J.N. en el precedente 'Elliff, Alberto José c/Anses s/Reajustes varios', sentencia del 11.8.09 (Fallos: 332:1914); ratificado por sentencia del 18.12.2018 recaída en los autos 'Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS s/Reajustes varios' (Fallos: 341:1924), situación que no ha variado al presente."
"En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive, para las que habrá de estarse a las pautas sentadas por la CSJN en el precedente 'Elliff' citado. A partir del mensual 3/09 se actualizarán de conformidad al índice previsto por el art. 2 de la ley 26.417. Dichas actualizaciones -las previas al mensual 3/09 como las posteriores-, habrán de extenderse hasta la fecha de adquisición del derecho."
"Con ese alcance, cabe desestimar los cuestionamientos sobre el particular esgrimidos por la demandada."
"Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634))."
- Votos/diferencias: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio; la decisión mayoritaria es confirmar lo resuelto en primera instancia.
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