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SEMORILE JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal y cómputo de aportes autónomos. La Cámara Federal de la Seguridad Social (Sala I) confirmó la sentencia apelada, rechazando los agravios de ANSeS y disponiendo costas a la vencida y honorarios de la dirección letrada fijados en el 30% para la Alzada.

Prestacion basica universal Aportes autonomos Makler Reajustes varios Anses Costas a la vencida Honorarios Reformatio in peius Ejecucion Ley 27.423


¿Quién es el actor?

Semorile Jorge Alberto.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU) y la consideración de aportes efectuados en carácter de autónomo (equiparación y cómputo de categorías).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y ha sido materia de agravios; impuso costas a la vencida en la Alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. (Decisión conforme al texto dispositivo transcripto arriba.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que, en orden a la equiparación de las categorías aportadas de manera autónoma, ha de señalarse que la cuestión ha sido objeto de consideración en reiterados pronunciamientos dictados por la Sala III del Fuero y el criterio discernido en esos casos (computar el total de las categorías aportadas aun cuando el régimen aplicable era el de la ley 18038 y sus modificatorias que sólo mencionaba los últimos 15 años de aportes) fue avalado el 20.5.03 por la C.S.J.N. in re “Makler, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24463", no resultando susceptibles de ajuste alguno los períodos incluidos en la moratoria que posibilitó el acceso al beneficio (leyes 24476, 25865 y 25994 –art. 6-), por los argumentos vertidos en casos análogos (cfr. causas: 56199/11 “SPAMPINATO GRACIELA C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS” y 46387/10 “USSEGLIO ALCIDES PEDRO C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS”...)." "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "Costas a la vencida en la Alzada, art. 68 del C.P.C.C.N. (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo”); ello en tanto que surjan de la liquidación a practicarse, sumas a favor del actor por los agravios abordados por ante este Tribunal, siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto particular / salvedad: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente "a salvo su opinión" respecto de la metodología de cómputo de servicios autónomos y de la cuestión de la Prestación Básica Universal, señalando que expedirse en sentido contrario podría implicar reformatio in peius; no obstante, votó por confirmar la sentencia apelada. Esta salvedad fue expresada pero no constituyó disidencia que altere la decisión mayoritaria.

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