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MORALES JORGE CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varios solicitados por el actor contra ANSeS relativos al haber inicial y topes de la ley 24.241. La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo sustancial, diferió para ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes y confirmó la imposición de costas según lo dispuesto.

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¿Quién es el actor?

MORALES, Jorge Carlos.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional, revisión del haber inicial, determinación de la Prestación Básica Universal y cuestionamiento de la aplicación de topes de haberes (art. 26 Ley 24.241); además impugnación de retención del impuesto a las ganancias y disputa sobre costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (imponiéndolas al vencido conforme al art. 68 CPCCN salvo que de la liquidación resulten sumas a favor del actor, caso en que se fijarán a la vencida); confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; y declaró costas por su orden en la alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ..., en la cual... ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en disidencia o reservas: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones" (se consignó reserva/opinión salvada, sin que ello modifique la decisión mayoritaria que consta en la parte resolutiva).

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