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COGO ADRIANA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajustes y determinación del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, difiriendo el examen de los topes de haberes para la ejecución, confirmando la prescripción aplicada y la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN y ley 27.423, y fijando honorarios de alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.

Reajustes Haber inicial Prescripcion bienal Topes de haberes Prestacion basica universal Costas Honorarios Ley 27.423 Elliff Anses


¿Quién es el actor?

COGO ADRIANA GRACIELA.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; revisión del haber inicial del beneficio previsional (fecha de adquisición del derecho 22/12/2016), cuestionamientos sobre índices de actualización, Prestación Básica Universal, aplicación del art. 26 ley 24.241 (topes), exención de Ganancias y cargas por aportes autónomos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida en todos los puntos materia de agravios, con las siguientes particularidades: diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes; confirmar la prescripción aplicada (prescripción bienal); confirmar la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423 según resulte de la liquidación, y fijar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se determine para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en reserva/disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto de la metodología para servicios autónomos (señaló que su criterio, ya expresado en otros autos, podría perjudicar a la apelante y que expedirse como Alzada violentaría la prohibición de reformatio in peius), pero votó por confirmar la sentencia apelada; su opinión queda registrada salvo y no altera la decisión por mayoría.

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