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SALINAS SERGIO RAUL DAVID c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales y actualización de la Prestación Básica Universal contra ANSeS por haber otorgado el beneficio el 31/08/2021. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo principal, rechazando la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y confirmando los índices de actualización aplicados y la imposición de costas al vencido según el art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.

Prestacion basica universal Ley 27.609 Actualizacion remuneraciones Pbu Inconstitucionalidad Costas Art. 36 ley 27.423 Art. 68 cpccn Honorarios Seguridad social.


¿Quién es el actor?

SALINAS SERGIO RAUL DAVID.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes y redeterminación del haber inicial y de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnación de la aplicación de la ley 27.609, método de actualización de remuneraciones, exención del impuesto a las ganancias, aplicación del precedente "Makler" respecto de aportes autónomos, tasa de interés, prescripción liberatoria y costas. Fecha de adquisición del derecho: 31/08/2021.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo principal que fue materia de agravios, confirmó la actualización de las remuneraciones y el índice aplicado para la PBU según lo dispuesto en la instancia de grado, resolvió que no puede declararse la inconstitucionalidad de la ley 27.609 por falta de irracionalidad manifiesta, confirmó la imposición de costas al vencido conforme al art. 68 CPCCN (con aplicación del art. 36 ley 27.423 si no surgieran sumas a favor del actor) y fijó honorarios de alzada del 30% sobre lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que en el abordaje de la delicada cuestión a resolver, no debe perderse de vista, en primer lugar, que la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico ... por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados ... En igual sentido, cfr. Fallos 260:153; 286:76; 194:383; 293:455 y 850; 193:393; 300:1087; 301:962; 302:457, 484 y 1149, entre muchos, ...". "En el sentido de lo expuesto, ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en disidencia relevante: Un voto individual (el que abre la sentencia) propuso revocar lo dispuesto en la instancia de grado y declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 con los alcances señalados; esa postura quedó en disidencia y no integra la decisión de la Cámara, que resolvió por mayoría confirmar la sentencia apelada.

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