Logo

RODRIGUEZ JORGE DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes previsionales por “Reajustes Varios” contra ANSES, incluyendo PBU, topes y retroactividad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo principal, revocó la decisión de grado sobre costas imponiéndolas al vencido si de la liquidación surgieran sumas a favor del actor, postergó el tratamiento del tope de haberes y de la PBU para ejecución y fijó honorarios de alzada en 30% de lo que corresponda para la instancia anterior.

Reajustes varios Pbu Topes de haberes Costas Cpccn art. 68 Ley 27.423 art. 36 Honorarios alzada 30% Anses Retroactividad Ejecucion de sentencia


¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ, Jorge Daniel.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de prestación previsional (incluye impugnación de aplicación de topes de haberes, actualización de la Prestación Básica Universal —PBU—, tasa de interés sobre retroactividad, costas, y regulación de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó lo resuelto en la instancia de grado respecto de las costas y dispuso imponer las costas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN en tanto de la liquidación resulten sumas a favor del actor; en caso contrario, las costas se establecerán en el orden causado conforme al art. 36 de la ley 27.423. Además, pospuso el tratamiento del tope de haberes en actividad y de la PBU para la etapa de liquidación/ejecución, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios, impuso costas por su orden en la alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." 2) "Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo')." 3) "Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Disidencia o salvados: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno a las costas de ambas instancias, opinando por imponer las costas a la demandada vencida; esa observación se consignó pero la resolución se adoptó por mayoría (la parte dispositiva final es la que gobierna).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar