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GARCIA DANELLI LILIANA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamante demandó a ANSES por reajustes sobre la Prestación Básica Universal (PBU) y otros conceptos previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, confirmó la sentencia en lo decidido, difirió para ejecución el tratamiento de la actualización de la PBU y de la aplicación de topes, y confirmó reglas sobre costas y honorarios conforme al art. 36 Ley 27.423.

Pbu Prestacion basica universal Anses Topes de haberes Costas Honorarios Ejecucion Ley 27.423 Movilidad previsional Inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

GARCIA DANELLI LILIANA NOEMI.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios, entre ellos la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial, aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241), cuestionamientos vinculados a leyes 27.426 y 27.609, recomposiciones por enero/febrero 2021 y refuerzos previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, resolvió diferir el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmar lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (impuestas al vencido, conforme art. 68 CPCCN, con las salvedades del art. 36 Ley 27.423); y confirmar la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Además, fijó costas por su orden en la Alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241) –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'
- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." Sobre la cuestión de inconstitucionalidad de la ley 27.609: "ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre ciertas cuestiones (se expresan fundamentos propios en el cuerpo), pero la resolución indicada fue adoptada por mayoría y predominan las decisiones consignadas en la parte resolutiva.

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