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LUCIANI, ADALBERTO ROQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor (Luciani, Adalberto Roque) promovió acción contra ANSES por reajustes de haberes y cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionó la movilidad aplicada. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, ordenó el recálculo de la PBU, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) ley 24.241, diferió la cuestión sobre la ley 27.609 para ejecución y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 imponiendo costas a ANSES.

Anses Prestacion basica universal Pbu Movilidad jubilatoria Ley 24.241 art.24 Ley 27.609 Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Recalculo de haberes


¿Quién es el actor?

LUCIANI, ADALBERTO ROQUE.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de prestaciones previsionales, con pedido de actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de la movilidad aplicada (leyes y decretos: 27.426, 27.541, 27.609) y declaración de inconstitucionalidad de normas relativas a la movilidad y cálculo de haberes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, por mayoría, confirmó parcialmente la sentencia apelada; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 inc. a) de la ley 24.241; ordenó el recálculo de la PBU conforme lo expuesto en el considerando 1°; diferió el tratamiento sobre la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida; y reguló los honorarios en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "1.2.
- En cuanto a las cuestiones planteadas por la demandada ya fueron analizadas y rechazadas por esta Sala en el fallo Nº FRO 32203/2022 'SPESSOT, DANIEL ANTONIO C/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS', por lo que se deberá estar, en lo pertinente, a los fundamentos y conclusiones allí vertidas... En relación al agravio de la accionante, realizado el recálculo de la PBU inicial mediante el índice utilizado en la planilla acompañada que es conteste con lo dispuesto en el precedente ut supra citado, se concluye que su falta de redeterminación ocasiona una merma que resulta confiscatoria por ser mayor al 15% -cfr. el fallo 'Quiroga', por lo tanto, cabe ordenar la actualización de dicho componente." "3.2.
- En relación al agravio sobre la declaración de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241, habré de señalar que del detalle del beneficio acompañado se observa que el actor no supera el máximo de 35 años de aportes antes de julio de 1994 que establece la norma para el cálculo de la P.C., por lo tanto, corresponde revocar lo resuelto por el a quo en este punto." "4.
- En lo atinente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencia: No se registra voto en disidencia; las Dras. Andalaf Casiello y Vidal adhirieron en lo sustancial al voto del Dr. Pineda y propusieron diferir el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución, conforme consta en el acuerdo por mayoría.

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