Incidente Nº 1 - IMPUTADO: BARATTA, ROBERTO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La defensa de Roberto Baratta interpuso recurso extraordinario contra la confirmación del rechazo de su planteo de prescripción; la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por falta de sentencia definitiva y ausencia de cuestión federal debidamente fundada, y ordenó remitir la causa al tribunal de origen con costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa particular de Roberto Baratta, en carácter de recurrente del recurso extraordinario.
Demandado: Contra la resolución de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que, el 9 de abril de 2026, confirmó la decisión del juez de instrucción de rechazar el planteo de falta de acción por prescripción.
Objeto: Admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto contra la confirmación del rechazo de la excepción de prescripción de la acción penal.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la defensa particular de Roberto Baratta, con costas, y ordenó remitir la causa al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El remedio extraordinario presentado no puede hallar viabilidad formal, por cuanto no se dirige contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal por sus efectos (tal como lo exige el art. 14 de la ley 48)."
"Además, es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente refute todos y cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada, como así también que demuestre que la resolución que impugna sea contraria a los derechos federales invocados como fundamento de la pretensión extraordinaria interpuesta (cfr. art. 14 ley 48 y Acordada 4/2007, ap. 3, incisos d) y e); aspecto no verificado en el sub examine."
"Por otra parte, a pesar de su invocación, no se advierte que la sustancia de los planteos en que el impugnante funda su recurso implique el debate de una cuestión federal debidamente fundada (arts. 14 y 15 de la ley 48) o algún supuesto de arbitrariedad ... que excepcionalmente permitan habilitar la instancia extraordinaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
- Votos y concordancia: La resolución se adoptó por voto concurrente de los Dres. Hornos y Borinsky; el juez Javier Carbajo se hallaba en uso de licencia. No consta disidencia.
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