FERINI OSCAR ABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de jubilación por actualización de remuneraciones y declaración de inconstitucionalidad de artículo de la Ley 27.609. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, actualizó remuneraciones según la doctrina “Elliff/Blanco”, declaró inconstitucional el art. 4 de la Ley 27.609 en los alcances señalados y diferió el análisis del Decreto 274/2024 a la ejecución.
¿Quién es el actor?
Ferini Oscar Abel.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber jubilatorio (actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal, impugnación de la metodología de la Ley 27.609, inconstitucionalidad normativa y efectos de decretos y subsidios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y la confirmó en lo demás; ordenó actualizar las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial conforme a lo indicado por la Sala y declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 27.609 con los alcances señalados; diferió el tratamiento del Decreto 274/2024 para la etapa de ejecución; impuso costas a la demandada vencida y reguló honorarios por la alzada en 30% de lo fijado en primera instancia más IVA si corresponde.
- Fundamentos principales (transcripciones literales de párrafos relevantes):
1) "Por lo tanto, considero que corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 con los alcances señalados."
2) "Por consiguiente, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en los autos 'Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 y 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 18/12/2018, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 -con su respectivas modificaciones
- hasta la fecha de adquisición del derecho."
3) "Por tal razón, corresponde diferir el tratamiento del decreto 274/2024 a etapa de ejecución de sentencia, etapa procesal donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber."
- No hubo voto en disidencia: los tres integrantes de la Sala adhirieron al decisorio mayoritario.
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