SCRUCHI JOSE LUIS Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - M. DE SEGURIDAD - CAJA DE POLICIA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamaron la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 por aumentar del 8% al 11% el aporte previsional y la devolución de lo retenido. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº9 hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en 90 días, con liquidación retroactiva y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Scruchi José Luis y otro.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Caja de Policía (CRJPPFA) y otros.
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 22.788 y del Decreto 679/1997 por haber incrementado ilegítimamente los aportes previsionales del personal retirado/pensionado (del 8% al 11%), ordenando el cese del descuento y la devolución de las sumas retenidas con sus intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda respecto del descuento impuesto por el Decreto 679/97; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, se ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación. Además, en ese plazo la parte demandada deberá practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos para que la parte peticionante pueda cobrar los montos resultantes. Se impusieron las costas a la vencida y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que a fin de arribar a una solución ajustada a derecho es necesario reseñar la normativa aplicable al caso. En relación a la Ley 22.788/83 sostiene que hasta su dictado el personal retirado y pensionista de Gendarmería Nacional no se les efectuaba ningún descuento por tal concepto y consagró una desigualdad ante la ley a obligarlos a realizar aportes, cuando la clase pasiva de nuestro país al obtener su beneficio deja de aportar. Por su parte, el decreto de necesidad y urgencia 679/97 agravó la situación de los retirados y pensionistas al aumentar un tres por ciento (3%) los aportes a realizar, alcanzando un once por ciento (11%) que es lo que aportan actualmente, arrogándose facultades del Poder Legislativo y que le son expresamente vedadas, modificando por decreto una norma de rango superior como son las leyes."
"Respecto de ello, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo 'Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg' ... En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97."
"En lo concerniente a los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución' del 14/09/04 y 'Cahais, Ruben Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es única y firme por el Juez interviniente.
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