Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ARGAÑARAZ, PABLO JESUS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Imputado condenado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe) condenó a Pablo Jesús Argañaraz a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas por admitir su responsabilidad en un juicio abreviado, fundando la calificación en la cantidad, acondicionamiento y registro de intercambios en el inmueble.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (fiscal auxiliar Dra. Jimena Caula).
Demandado: Pablo Jesús Argañaraz, DNI 39.567.166.
Objeto: Se lo imputó y juzgó por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c ley 23.737 y art. 45 CP).
Decisión: Se condenó a Pablo Jesús Argañaraz como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas (monto conforme ley 27.302), con más las accesorias del art. 12 del CP; se ordenó cómputo de la pena, se impusieron las costas al condenado (tasa de justicia $4.500), se dispuso la destrucción de las contramuestras y la devolución del dinero incautado ($199.660) y de tres teléfonos celulares —con reserva y plazo de tres meses para su retiro—, entre otras medidas concretas consignadas en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"I.
- Se encuentra probado en autos que el día 30 de agosto del 2023, personal policial ingresó –orden judicial mediante
- al domicilio ... y secuestró 15,82 gramos de cocaína y 158,64 gramos marihuana, acondicionada en cuatro (4) y ocho (8) envoltorios de nailon respectivamente, tres (3) teléfonos celulares, tres (3) balanzas y ciento noventa y nueve mil seiscientos sesenta pesos ($199.660) en efectivo, procediendo a la detención de Pablo Argañaraz que se encontraba en el lugar."
"III.
- Respecto a la responsabilidad que le cabe al encausado en el hecho ilícito, entiendo que ha quedado acreditada con los elementos probatorios existentes en la causa, que son suficientes para demostrar la relación material entre él y la droga encontrada. Tal relación se evidencia en el contenido del acta de allanamiento, de la que surge que el material ilícito fue hallado en el interior del domicilio ... perteneciente a Pablo Jesús Argañaraz, quien se encontraba presente al momento del registro, resultando detenido en dicha oportunidad."
"IV.
- En lo que hace a la calificación legal, estimo adecuada la propiciada por el Ministerio Público Fiscal, es decir, la figura contemplada por el artículo 5 inc. c de la ley 23.737, en su modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización."
"Dicho requisito ha quedado acreditado con los elementos probatorios que surgen de la causa ... Ello resulta de la cantidad (15,82 gramos de cocaína y 158,64 gramos marihuana) y forma en que se hallaba acondicionado parte del material ilícito: envoltorios con pequeñas dosis, de lo que se deduce que se encontraba dispuesto para su venta."
"V.
- Previo a tratar la sanción ... conforme lo previsto por el art. 431 bis inc. 5° del CPPN me veo imposibilitado de imponer una superior o más grave que la peticionada... se le impondrá a Pablo Jesús Argañaraz la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente; la resolución es de la mayoría/unipersonal conforme lo registrado.
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