Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BEANATTE, CLAUDIO DAMIÁN s/ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 1 APARTADO D y ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO A

Procesaron a un efectivo policial por encubrimiento por omisión de denuncia respecto de comerciantes de estupefacientes. El Tribunal Oral homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Claudio D. Beanatte a dos años de prisión en suspenso y costas, disponiendo además el decomiso de los elementos secuestrados.

Encubrimiento Omision de denuncia Juicio abreviado Policia provincial Trafico de estupefacientes Pena en suspenso Decomiso Homologacion Ministerio publico fiscal Tribunal oral federal


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Federico Iparraguirre).
- Demandado / Imputado: Claudio Damián Beanatte, DNI 32.046.275.
- Objeto de la causa: Se imputó a Beanatte por el delito de encubrimiento en su modalidad de favorecimiento personal por omisión de denuncia, agravado por tratarse de un delito especialmente grave (tráfico de estupefacientes) y por la calidad de funcionario público, por no denunciar la relación con vendedores de estupefacientes, hechos ocurridos entre el 7/12/2017 y el 18/07/2019 en Santa Rosa, Provincia de La Pampa.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró admisible y homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y, en consecuencia, condenó a Claudio Damián Beanatte a DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO, con costas; además acordó el decomiso de los elementos secuestrados no sujetos a devolución y ordenó las comunicaciones pertinentes al Juez de Ejecución y al Registro Nacional de Reincidencia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El Ministerio Público Fiscal presentó el acuerdo de Juicio Abreviado arribado por las partes, según la constancia de audio incorporada digitalmente al sistema lex 100 y expuso el hecho acordado '…haber mantenido relación con vendedores de sustancias estupefacientes sin efectuar la pertinente denuncia penal a la que se encontraba obligado como funcionario de la policía de la provincia de La Pampa, conforme fuera comprobado en las causas FBB 1804/2018 y 11/2018. Los hechos ocurrieron entre, al menos, el 7/12/2017 en que comenzaron a captarse sus conversaciones, hasta el 18/07/2019, fecha donde fue notificado por personal de la Comisaría Seccional Sexta UR-I –Resolución n° 200/2019 “J” DP-SA por la cual el Jefe de Policía de la Provincia de La Pampa dispuso su pase a situación de revista en pasiva
- en el marco de las actuaciones administrativas n° 9052/2019 por la policía de la Pcia. de La Pampa.'" "Respecto de la pena acordada expuso que será de DOS (2) AÑOS DE PRISION en suspenso y costas (art. 26, 29 y ccdantes. del CP). Asimismo se acordó el decomiso de los elementos secuestros no sujetos a devolución (cf. arts. 23 del CP, 238 del CPPN y 30 de la ley 23.737)." "De la prueba que integra el plexo probatorio asumido sin oposición por las partes intervinientes, puedo colegir que la presente investigación tuvo su génesis en virtud del Oficio n° 371/18... mediante el cual se anotició a la Fiscalía Federal... que a partir de intervenciones telefónicas... se habían advertido desde fecha 07/12/2017, comunicaciones sobre comercio de estupefacientes entre el allí investigado Mario Alberto Tomasso, con el Sargento de la Policía de La Pampa, Claudio Damián Beanatte..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la sentencia; la decisión resulta de la homologación del acuerdo y la condena por el juez interviniente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar