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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CHURITO , ROBERTO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Condenan por procedimiento abreviado a un imputado por transporte de estupefacientes y homologan el acuerdo de las partes. La Cámara homologó el juicio abreviado y condenó a Roberto Maximiliano Churito a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas ($1.102.500), además de costas, decomiso y condenas accesorias.

Trafico de estupefacientes Transporte Procedimiento abreviado Homologacion Condena Multa 45 unidades fijas ($1.102.500) Decomiso celular Pericia quimica Costas Prision 4 anos


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por el Fiscal Federal Dr. Claudio Kishimoto y Auxiliar Fiscal Dr. Mariano René Barabani).
- Demandado / Imputado: Roberto Maximiliano Churito (DNI N° 41.053.219), detenido en Unidad Penitenciaria N°16 de Salta.
- Objeto de la acción: Solicitud de homologación de un acuerdo de procedimiento abreviado por la comisión del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte (art. 5°, inc. c, ley 23.737).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud de juicio abreviado y se homologó el acuerdo; se condenó al imputado a cuatro (4) años de prisión, multa de 45 unidades fijas equivalentes a $1.102.500, accesorias legales y costas; se impuso el pago de la tasa de justicia solidaria de $4.700; se decomisó el teléfono celular marca XIAOMI modelo MAG138 y se incluyeron en costas los gastos de la pericia química por $187.844,85, entre otras providencias (cómputo de pena, destrucción de estupefacientes, levantamiento de inhibición, comunicación al Registro Nacional de Reincidencia).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "El Ministerio Público Fiscal y el encartado, asistido por su defensa, celebraron un acuerdo de procedimiento abreviado en los términos dispuestos por el artículo 431 bis del Código Procesal de la Nación, en virtud del cual el representante del órgano acusador público consideró comprobado el hecho atribuido en la requisitoria de elevación a juicio, en base a los elementos de prueba acopiados durante la etapa de instrucción." "En aquella oportunidad, cabe señalar que el encausado reconoció el hecho atribuido y el grado de intervención en el mismo. Consintió la calificación legal y la pena escogida por el representante del Ministerio Fiscal, como así también las demás consecuencias legales que derivarían de la homologación del acuerdo." "En virtud de lo esgrimido, considero que la pena acordada respeta los lineamientos y pautas enunciados en el digesto de fondo." Además, el tribunal describe la prueba: "haber transportado el 29 de noviembre del 2023, tres mil ciento treinta y siete gramos (3,137.7 gs.) de marihuana... mientras se trasladaba desde Salta Capital hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires... a la altura del kilómetro 22 de la RN 34... arrojando resultado positivo cromáticamente para la sustancia 'cannabis sativa' (Informe Preliminar Químico N° 9286), siendo su pesaje total de tres mil ciento treinta y siete gramos (3,137 gs.)".
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución final es la homologación y condena conforme el acuerdo.

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