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Principal en Tribunal Oral TO01 - DENUNCIADO: BRONDINO, DANIELA FERNANDA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Causa por infracción a la ley 23.737 contra Daniela Brondino por tenencia/dealing de estupefacientes. La Cámara declaró extinguida la acción penal por fallecimiento del imputado y la sobreseyó definitivamente, disponiendo además comunicaciones, devolución de elementos no vinculados y destrucción del estupefaciente.

Extincion de la accion penal Sobreseimiento Muerte del imputado Ley 23.737 Estupefacientes Art. 59 cp Art. 361 cppn Devolucion de secuestros Destruccion de estupefaciente Cij


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (vista cursada a la Fiscalía General; dictamen de la auxiliar fiscal Dra. Magdalena Borgonovo en favor del sobreseimiento).
- Demandado / Imputada: Daniela Fernanda Brondino, titular del DNI n°39.049.465.
- Objeto de la demanda: Proceso penal por infracción a la Ley 23.737 (Art. 5 inc. c) — causa FRO 9371/2023/TO1 — audiencia de debate fijada para 03.12.2024.

¿Qué se resolvió?

Se declaró extinguida la acción penal por la muerte de la imputada y, en consecuencia, se la sobreseyó total y definitivamente; se ordenaron comunicaciones pertinentes, la devolución de elementos reservados que no guarden relación con la causa una vez firme la resolución y la destrucción del material estupefaciente secuestrado; se dispuso la publicación en el CIJ. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "El dictamen fiscal en favor del sobreseimiento de Daniela Fernanda Brondino por extinción de la acción penal, conforme lo previsto por el artículo 361 del CPPN, resulta aplicable en el caso del presente en razón de la disposición contenida en el inciso 1 del artículo 59 del Código Penal que se prevé la extinción de la acción penal por la muerte de la persona imputada, hecho que quedó debidamente acreditado con la copia certificada del acta de defunción correspondiente remitida por el Registro Civil de la Provincia de Santa Fe y agregada al expediente digital." "La extinción de la acción penal y sobreseimiento de la causante de Daniela Fernanda Brondino resulta en consecuencia viable a la luz de lo dispuesto en los artículos 334, 336 inciso 1° del CPPN en función de lo dispuesto en el artículo 59 inciso 1° del CP." "En el caso en examen, acreditada la muerte de Daniela Fernanda Brondino con el acta de defunción que en copia obra agregada al expediente digital (Sistema Lex 100), se ha tornado imposible concretar la persecución penal. Decaída la acción por la causal referida, queda excluida la actividad jurisdiccional de este Tribunal sobre el fondo del asunto." Disidencias: No consta voto en disidencia; la Parte Resolutiva final es la decisión del Tribunal.

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