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PONCE, ANA MARIA c/ CARRAZANA, JOSE ANTONIO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios derivada de un accidente de tránsito donde la actora reclamó indemnización por incapacidad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia para fijar la indemnización por incapacidad en $600.000, con costas de esta instancia por su orden, y reguló los honorarios de abogados, peritos y mediadora conforme al nuevo monto.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ana María Ponce (actora/víctima). Demandado: José Antonio Carrazana y Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. (entre otros). Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 21/01/2017; se discutía la cuantificación de la indemnización por incapacidad física sobreviniente. Decisión: La Cámara modificó la sentencia apelada para establecer $600.000 por incapacidad; impuso las costas de esta instancia por su orden; y reguló y adecuó los honorarios de los letrados de las partes, de las peritas y de la mediadora conforme al nuevo monto del proceso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "la perita traumatóloga Daniela Klag, en su dictamen de fs. 205/208, expresó que al momento del examen la víctima presentaba una secuela de cervicalgia con contractura muscular dolorosa persistente, pérdida de la lordosis y reducción del rango de movilidad de la columna, por la que estimó una incapacidad del 6 %, según el baremo que enunció." "Aun cuando las conclusiones del dictamen pericial no obligan a los jueces en la ponderación de la prueba, para prescindir de ellas se requiere, cuanto menos, que se les opongan otros elementos no menos convincentes. Si no se observan razones que desmerezcan sus asertos, corresponde asignarle suficiente valor probatorio, que es lo que ocurre en el caso desde que los recurrentes ya no desarrollan críticas contra el trabajo pericial." "propongo reducir lo establecido a $ 600.000, a resarcir con tasa activa desde el hecho." Además, el acuerdo resolvió: "I.
- Modificar la sentencia apelada para establecer $ 600.000 por incapacidad; con costas de esta instancia por su orden. II.
- En atención a la calidad, extensión y mérito de la labor profesional desarrollada ... se regulan los honorarios ..."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; ambos jueces votaron en igual sentido.

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