Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CORDOBA, GERMAN NICOLAS s/INFRACCION LEY 23.737 y RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO SOLICITANTE: PEIRO, LUIS AMERICO Y OTROS
Córdoba fue juzgado por transporte de estupefacientes y resistencia a la autoridad; la Cámara hizo lugar al juicio abreviado y condenó a Germán Nicolás Córdoba a cuatro años y ocho meses de prisión y multa de 45 unidades fijas ($3.375.000), ordenando además decomiso de la camioneta, el celular y el dinero secuestrado y la destrucción de la droga.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por la Fiscalía General N°2 y el Auxiliar Fiscal).
- Demandado/Imputado: Germán Nicolás Córdoba, DNI 37.999.223.
- Objeto de la demanda: Enjuiciamiento por los hechos descritos en el requerimiento fiscal: (i) resistencia a la autoridad (art. 239 CP) y (ii) transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737), consistentes en la circulación y transporte en una Toyota Hilux de aproximadamente 49,728 kg de cocaína y la posterior resistencia a control policial (hechos del 24/04/2024).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud de juicio abreviado y se condenó a Germán Nicolás Córdoba como autor penalmente responsable de los delitos de Resistencia a la autoridad y Transporte de estupefacientes, en concurso real, imponiéndole la pena de cuatro años y ocho meses de prisión, multa de cuarenta y cinco unidades fijas (equivalente a $3.375.000) pagaderas en dos cuotas, accesorios legales y costas; además, se dispuso decomiso de la camioneta Toyota Hilux dominio AA383WD, del celular SAMSUNG modelo SMA325M, del dinero secuestrado ($42.760 y USD 500) y la destrucción del material estupefaciente; se ordenó la devolución de otros bienes a sus titulares registrales.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual del fallo):
1) "En virtud de las constancias de autos y elementos de prueba recolectados hasta esta etapa procesal, el accionar desplegado por Germán Nicolás Córdoba descripta en el hecho nominado primero, encuadra en la figura penal de 'Resistencia a la Autoridad', contemplada en el art. 239 del CP, y el hecho nominado segundo, en el delito de 'Transporte de Estupefacientes' previsto y penado por el art. 5 inc. 'c' de la Ley 23.737, en calidad de autor conforme el art. 45 del Código Penal, ambos hechos concurren en forma real (art. 55 del CP)."
2) "Habiéndose implementado en la presente causa el trámite establecido por el art. 431 bis del CPPN, el pronunciamiento se basará en las pruebas recabadas por la Instrucción, de conformidad con lo señalado por el inciso 5° de la norma citada."
3) "Por todo ello, corresponde afirmar que el acusado Córdoba Germán Nicolás realizó el transporte de estupefaciente y ofreció resistencia al personal policial."
4) Sobre la individualización de la pena: "En función de ello, debo proceder a efectuar la individualización judicial de la pena... Estimo que debe imponerse a Germán Nicolás Córdoba la pena de cuatro años y ocho meses de prisión y accesorias legales... imponerle, en concreto, la pena de multa de cuarenta y cinco unidades fijas... equivalente a la suma de $3.375.000... pagaderas en dos cuotas mensuales."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el acuerdo final; la resolución se funda en la aceptación del acuerdo de juicio abreviado celebrado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa.
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