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TORRES NAVARRO, AILEMA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Ailema Torres Navarro. El Juzgado Federal de Córdoba le otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y ordenó las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, el Registro Nacional de las Personas y la Cámara Nacional Electoral.

Ciudadania por naturalizacion Carta de ciudadania Juzgado federal Identidad Ley 346 Ley 24.533 Emplazamiento Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juramento de lealtad

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: TORRES NAVARRO, AILEMA (solicitante de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización). Demandado: Solicitud tramitada ante el Juzgado Federal de Córdoba (no se individualiza demandado concreto en el proveído). Objeto: Otorgamiento de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Guantánamo, Cuba el 02/03/1995 y filiación. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud: se otorgó la Ciudadanía Argentina a TORRES NAVARRO, AILEMA, con todos los derechos y deberes previstos por la ley, con emplazamiento para identificarse en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y ordenándose las comunicaciones pertinentes a los organismos correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución es de primera instancia dictada por el Juez de 1ra. Instancia Dr. Carlos Arturo Ochoa (firmada también por el Secretario). Fechas y constancias relevantes: la solicitante acreditó nacimiento el 02/03/1995; la resolución está firmada el 16/09/2025; alta en sistema 22/12/2025. Se emplaza a la solicitante a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año conforme art. 35 Ley 17671 (modif. por Leyes 20.974 y 22.435).

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