MOSCOSO TIQUET, YELENIA GUADALUPE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de ciudadanía por naturalización de Yelenia Guadalupe Moscoso Tiquet. El Juzgado Federal otorgó la ciudadanía argentina y emplazó a la solicitante a identificarse como naturalizada en el plazo de un año, ordenando las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.
¿Quién es el actor?
MOSCOSO TIQUET, YELENIA GUADALUPE (peticionante).
¿A quién se demanda?
Estado nacional (autoridades competentes en materia de ciudadanía/migraciones y registro civil, en atención a la petición de naturalización).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a MOSCOSO TIQUET, YELENIA GUADALUPE con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. (La redacción de la decisión se condensa en los puntos 1) a 4) del fallo).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
(Se consignan además las órdenes operativas:) "Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el expediente.
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