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PEREZ, SERGIO LUIS c/ ESTADO NACIONAL - MIN DE SEG - POL FED ARG s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Reclamo de un agente policial por el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos “Zona” y “Función Policial Operativa” previstos en los decretos 380/2017 y 463/2017. La Cámara Federal de Córdoba hizo lugar a la apelación, revocó la sentencia de primera instancia y ordenó incorporar ambos suplementos al haber mensual con pago retroactivo por dos años más intereses y con condena en costas a la demandada.

Suplemento zona Funcion policial operativa Remunerativo Bonificable Decreto 380/2017 Decreto 463/2017 Interes bna Costas Apelacion Policia federal


¿Quién es el actor?

Sergio Luis Pérez (parte actora).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se reclamó que los suplementos por “Zona” y por “Función Policial Operativa” (Decretos 380/2017 y 463/2017) sean considerados remunerativos y bonificables e integren el haber mensual del actor, con liquidación retroactiva.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación, se revocó la sentencia de fecha 21/04/2025 del Juzgado Federal Nº 3 de Córdoba y, en consecuencia, se hizo lugar a la demanda; se dispuso la liquidación en el haber mensual del actor con carácter remunerativo y bonificable de las asignaciones creadas por los Decretos 380/2017 y 463/2017 (suplemento por Zona y por Función Policial Operativa), con liquidación de las diferencias devengadas dos años anteriores a la interposición de la demanda y más intereses equivalentes a la Tasa Activa cartera general nominal anual vencida con capitalización cada 30 días del BNA. Se impusieron las costas de primera instancia a la demandada y las de la Alzada por su orden; se regularon honorarios del apoderado actor en el 35% de lo que se regule en primera instancia y se recordó al juzgado de primera instancia verificar la tasa de justicia antes del archivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "A tal fin cabe tomar en consideración lo resuelto por la Corte de Suprema de Justicia de la Nación con fecha 18 de agosto del año 2022 en los autos: 'Di Nanno, Camilo c/ EN – Mº Seguridad – PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.' donde el Máximo Tribunal sostuvo: 'Que, en efecto tanto la prueba producida en autos –de la que hace mérito el dictamen-, como la obrante en las distintas causas en trámite ante el Tribunal y en las que se debate la misma cuestión que en el sub lite, ponen de manifiesto el carácter generalizado con el que se otorgan los suplementos creados por el decreto 380/2017. En este sentido, vale precisar que la propia Policía Federal informó en otros expedientes que los suplementos mencionados eran pagados a más del 91% del personal policial en actividad...'" "En relación al recurso de apelación interpuesto por la actora y de conformidad al fallo de la CSJN 'Di Nanno', concluyo que la sentencia impugnada debe modificarse en cuanto no reconoce el carácter Remunerativo y bonificable al Suplemento 'Zona' y 'Función Policial Operativa' establecido por Decreto 380/17 y su actualización 463/17, ordenando en consecuencia su incorporación al haber mensual y su pago retroactivo, los que se deben computar desde dos años anteriores a la interposición de la demanda." "Adicionar a los rubros que por este decisorio se mandan a abonar, la tasa de interés de la tasa activa cartera general nominal anual vencida con capitalización cada treinta (30) días del B.N.A. conforme con lo preceptuado por el art. 768 inc. c) del Código Civil y Comercial vigente, todo esto desde que las sumas son debidas hasta su efectivo pago."
- Votos/diferencias: Los tres jueces (Montesi, Aválos y Navarro) votaron en idéntico sentido; no hubo disidencia relevante.

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