CASTRO MENENDEZ, RODRIGO c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES
El abogado demandó a la A.R.T. por el cobro de honorarios por su actuación administrativa en expediente SRT N° 345217/21. El Juzgado declaró inconstitucional el art. 2° del DNU 157/2018, admitió la demanda y condenó a Asociart S.A. a pagar $551.950 (7 UMA) más intereses, imponiendo asimismo costas y regulando honorarios de los letrados.
¿Quién es el actor?
Dr. Rodrigo Castro Menéndez (abogado).
¿A quién se demanda?
Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Objeto de la demanda: Cobro de honorarios profesionales por la actuación extrajudicial y en sede administrativa en el expediente SRT N° 345217/21 (Comisión Médica Jurisdiccional N° 10) en representación de la Sra. Sonia Fabiola Arias.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad del art. 2° del DNU Nº 157/2018; se admitió la demanda y se condenó a Asociart S.A. a pagar al demandante, en el plazo de diez días y bajo apercibimiento de ejecución, la suma de $551.950 (equivalente a siete UMA) más intereses moratorios calculados desde la notificación del traslado de la demanda hasta el pago efectivo a la tasa activa cartera general del Banco de la Nación Argentina; se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes en $315.400 (4 UMA) para cada letrado interviniente, a pagarse en diez días, con IVA cuando corresponda.
- Fundamentos principales de la decisión (fragmentos transcritos):
"Los Decretos de Necesidad y Urgencia son de carácter excepcional, pues por vía de ellos se hace excepción de la regla general básica constitucional según la cual el Poder Ejecutivo no puede 'en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo' (art. 99, inc. 3, de la C.N.)."
"No se advierten, pues los fundamentos de la norma no lo explicitaron, cuáles habrían sido las supuestas circunstancias, ocurridas entre una fecha y otra, que sustentarían las razones de necesidad y urgencia exigibles para la validación constitucional de una norma que no hacía otra cosa que privar de efectos, para un supuesto concreto, una norma que acababa de sancionar el Congreso Nacional."
"Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 del Decreto de Necesidad y urgencia Nº 157/2018 y, en consecuencia, fijar el honorario profesional correspondiente al demandante por su desempeño como abogado en el expediente administrativo citado, según lo establecido en la ley 27.423."
"De acuerdo a lo que surge de las consideraciones expuestas, la parte demandada deberá pagar a la demandante... la suma de quinientos cincuenta y un mil novecientos cincuenta pesos ($ 551.950), equivalente a siete (7) UMA, con más intereses moratorios..."
"Las costas se imponen a la demandada, por aplicación de la regla de la derrota objetiva (art. 68 del Código Procesal)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia.
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