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GOMEZ GOMEZ, OSCAR EDUARDO s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización; el Juzgado Federal otorgó la ciudadanía argentina a Oscar Eduardo Gomez Gomez y lo emplazó a identificarse como naturalizado en el plazo de un año, ordenando las comunicaciones a Migraciones y el Registro Nacional de las Personas.

Naturalizacion Carta de ciudadania Ley 24.533 Identificacion Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Emplazamiento Jurisdiccion federal Otorgamiento de ciudadania Juramento de lealtad


¿Quién es el actor?

GOMEZ GOMEZ, OSCAR EDUARDO.

¿A quién se demanda?

Estado nacional / autoridades competentes en materia de migraciones (direcciones y registros involucrados).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. El solicitante acreditó nacimiento en Maracay, Venezuela (12/05/1993), filiación y demás extremos exigidos por la normativa aplicable, solicitando la concesión de la ciudadanía por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Se otorgó la Ciudadanía Argentina a Oscar Eduardo Gomez Gomez, previo juramento de lealtad a la Constitución y Legislación; se lo emplazó a que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución; y se ordenaron las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." (Se consignan además las medidas prácticas dispuestas en la parte resolutiva: emplazamiento para identificación en un año, apercibimiento legal conforme art. 35 Ley 671 y orden de comunicaciones a los organismos pertinentes). No hubo votos en disidencia consignados en el expediente.

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