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ARISMENDI SANCHEZ, VIDEIRY VANESSA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: se concedió la naturalización a Videiry Vanessa Arismendi Sanchez. El Juzgado verificó el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales y resolvió expedir el título respectivo condicionando la entrega al juramento de fidelidad y al cumplimiento del deber de enrolamiento.

Naturalizacion Ciudadania argentina Carta de ciudadania Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento de fidelidad Enrolamiento Articulo 35 ley 17.671 Registro civil Migraciones


¿Quién es el actor?

VIDEIRY VANESSA ARISMENDI SANCHEZ (peticionaria).

¿A quién se demanda?

no existe tercero demandado; expediente de solicitud de carta de ciudadanía dirigido al Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 11.
- Objeto de la demanda: solicitud de concesión de la ciudadanía argentina por naturalización y expedición de la carta de ciudadanía.

¿Qué se resolvió?

se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a Videiry Vanessa Arismendi Sanchez, nacida en Maracay, Venezuela, el 10 de julio de 1993, con DNI N°95.757.381, a quien se le extenderá el título respectivo, condicionado a prestar juramento de fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, e informándole la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año conforme al apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435). Asimismo, ordenó las comunicaciones registrales y administrativas pertinentes y el archivo oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes conforme al texto del fallo): "Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionaria, RESUELVO: Conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a VIDEIRY VANESSIYA ARISMENDI SANCHEZ, nacida en Maracay
- Aragua
- Venezuela , el 10 de julio de 1993, hija de JOSE VIDAL ARISMENDI y de MARIA IRENE SANCHEZ de ARISMENDI , con DNI N°95.757.381 a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento." "Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen de la interesada y oportunamente, ARCHÍVESE."
- Votos en disidencia: no hay votos en disidencia (fallo de primera instancia firmado por el juez interviniente).

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