VALLEJOS, RAMON ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes previsionales por retroactivos: el actor reclamó el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada conforme al artículo 36 de la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
VALLEJOS, RAMÓN ALBERTO.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; orden de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas derivados de reajustes previsionales.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios (se hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSeS el pago correspondiente), se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018 y se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"3°) Ahora bien, sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020..."
"4°) En relación al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto el juez a quo aplicó el fallo “Morales” de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
"5°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo” ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423 que dispone: 'En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'."
- Votos y disidencias relevantes: Los tres vocales (Vidal, Andalaf Casiello y Pineda) coincidieron en la solución; no consta disidencia.
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