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FABRA OJEDA, ALBA ESTHER s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Alba Esther Fabra Ojeda. El Juzgado Federal de Córdoba 1 hizo lugar al pedido y otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, pues se verificaron fehacientemente los antecedentes e identidad y se cumplimentaron los requisitos legales.

Naturalizacion Carta de ciudadania Ciudadania argentina Ley 346 Ley 24.533 Identificacion Juzgado federal Emplazamiento Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas


¿Quién es el actor?

FABRA OJEDA, ALBA ESTHER (peticionante).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (proceso de solicitud de carta de ciudadanía por naturalización).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, iniciada el 02/12/2024, acreditando nacimiento en Chima, Departamento Córdoba, Colombia, el 24/03/1965, DNI para extranjeros N° 95.920.154.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la Ciudadanía Argentina a FABRA OJEDA, ALBA ESTHER, con los derechos y deberes legales, previo juramento; se la emplaza a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año para extenderle la Carta de Ciudadanía y remitirán las comunicaciones de ley a los organismos pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951. II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.

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