Logo

U., PABLO A. c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO/SUMARISIMO VALOR CUOTA EMP-DNU 70/23

Los actores promovieron amparo contra SWISS MEDICAL S.A. solicitando que cesen los aumentos de cuota aplicados a partir del DNU 70/23 y la declaración de inconstitucionalidad de sus arts. 267, 268 y 269. El Juzgado declaró inconstitucionales dichos artículos, hizo lugar al amparo, ordenó dejar sin efecto los aumentos aplicados desde enero de 2024 y dispuso que la Superintendencia de Servicios de Salud autorice futuros incrementos según las pautas legales vigentes.

Amparo Medicina prepaga Dnu 70/23 Inconstitucionalidad Superintendencia de servicios de salud Aumento de cuotas Devolucion de diferencias Derecho a la salud Ipc Control administrativo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: P. A. U., N. C. E. y M. J. U. (afiliados a la demandada). Demandado: SWISS MEDICAL S.A. Objeto: Amparo para que cese la aplicación de aumentos de cuota dispuestos por la empresa a partir del DNU 70/23 y declaración de inconstitucionalidad de los arts. 267, 268 y 269 del DNU 70/23; restitución de importes y regulación de futuros aumentos. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 267, 268 y 269 del DNU 70/23; se hizo lugar a la acción de amparo; se condenó a SWISS MEDICAL a dejar sin efecto los aumentos aplicados en el plan de los actores desde enero de 2024 por fundamento en el DNU 70/23; se ordenó que la Superintendencia de Servicios de Salud fiscalice y autorice los aumentos futuros conforme los artículos 5, inc. g) y 17 de la ley 26.682 (restablecidos por el fallo); se reconoció el derecho de los actores a la devolución de diferencias ya percibidas en exceso y se impusieron las costas a la demandada. El tribunal también reguló honorarios por 20 UMAS ($1.699.260).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "V.
- Ahora bien, explicitados y analizados los acontecimientos ocurridos en torno al DNU 70/23, cabe adelantar que sus arts. 267, 268 y 269 deben ser declarados inconstitucionales. Dicha premisa se sustenta, tal como lo ha expresado el Sr. Fiscal Federal en su dictamen, en los siguientes argumentos: 1.
- Falta de acreditación del estado de necesidad y urgencia por parte del Estado Nacional... 2.
- Incumplimiento del requisito de “razonabilidad entre medios y fines”... 3.
- Fijación unilateral del valor de la cuota por parte de la EMP... 4.
- Afectación abusiva del patrimonio y del derecho a la salud de los afiliados..." "VI.
- En esta línea, es preciso señalar que si bien la afiliación a las Empresas de Medicina Prepaga reviste carácter voluntario... resulta procedente fijar pautas que aporten razonabilidad al momento de establecer el monto de la cuota... decretada la inconstitucionalidad de los arts. 267, 268 y 269 del DNU 70/23, el efecto inmediato de esta decisión es que, en el caso en concreto, queda sin efecto la derogación dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional en dicha norma respecto de los artículos 5°, inciso g) y 17° de la ley N° 26.682, lo que implica que es la autoridad administrativa quien debe efectuar el control y la aprobación de los aumentos de las cuotas..." "VII.
- En las condiciones indicadas, y considerando el objeto peticionado en el escrito inicial, corresponde hacer lugar a la acción de amparo y ordenar a la demandada, que deje sin efecto los aumentos dispuestos en el plan contratado por la parte accionante a partir del mes de enero de 2024 con sustento en lo dispuesto por el DNU 70/23. Asimismo, se dispone que, una vez firme el presente pronunciamiento – la Superintendencia de Servicios de Salud sea quien fiscalice y autorice los aumentos... A tal fin, la demandada deberá efectuar los trámites ante dicho organismo... A su vez, en lo que concierne a los pagos de las cuotas ya realizados con los parámetros de la medida cautelar dictada en esta causa –ajustados al IPC... corresponde que tales erogaciones se computen como pagos definitivos y cancelatorios de la deuda devengada durante dicho período... Finalmente, se reconoce el derecho de la parte actora a percibir las diferencias emergentes de los alcances con los que se dictó la tutela precautoria y los montos ilegítimamente establecidos por la empresa de medicina prepaga."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar