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JEVA, LEANDRO RODRIGO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes solicitaron regulación de honorarios en juicio contra el Ministerio de Defensa (Armada) por personal militar y civil. La Cámara modificó la regulación previa y redujo los honorarios a 16,74 UMAs (equivalentes a $1.422.280) por su valoración de la naturaleza del juicio, la tarea desarrollada y el monto del proceso.

Regulacion de honorarios Uma Liquidacion Ministerio de defensa Armada Iva Camara contencioso administrativo federal Recurso de apelacion Ley 27423 Resol. sga 3160/2025


¿Quién es el actor?

JEVA, LEANDRO RODRIGO y otros.

¿A quién se demanda?

EN
- Ministerio de Defensa
- Armada (expte. por personal militar y civil de las FFAA y de seguridad).
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios profesionales (liquidación/ajuste de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la regulación de honorarios de fecha 30/4/2025 y la redujo a 16,74 UMAs, equivalentes en la fecha a $1.422.280, con las aclaraciones sobre IVA y orden de registro, notificación y devolución a la instancia de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidaciones aprobadas los días 3/3/2023 y 11/9/2024), corresponde modificar la regulación de honorarios de fecha 30/4/2025 y reducirlos a 16.74 UMAs, equivalentes -al dia de la fecha
- a $1.422.280 (UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA) conf. arts. 16, 19, 21, 24, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y la Resol. SGA 3160/2025." "Cabe dejar aclarado que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
- Otros aspectos: Se dejó constancia de la vacancia de la Vocalía Nro 15 de la Sala; se ordenó registrar, notificar y devolver el expediente a la instancia de origen. (No se registran votos en disidencia en el bloque dispositivo; la decisión que importa es la transcripta y adoptada por la Cámara.)

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